Los fabricantes de maquinaria agrícola ahora están exceptuados de la cuarentena

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Mediante la Decisión Administrativa 450/2020 publicada en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional amplió el listado de actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia.

Uno de los sectores beneficiados ahora comprende a los fabricantes de maquinaria vial y agrícola, que hasta el momento sólo tenía guardias mínimas para garantizar repuestos o reparar roturas, teniendo en cuenta que se transita un período de cosecha.

Entre los fundamentos de la normativa, se menciona “que la realidad de la implementación de aislamiento social, preventivo y obligatorio ha demostrado la necesidad de incorporar otras actividades y servicios con carácter de esenciales con el fin de mitigar los efectos ocasionados por las medidas adoptadas”.

En todos los casos mencionados en la disposición, los empleadores y empleadoras deberán garantizar las condiciones de higiene y seguridad establecidas por el Ministerio de Salud para preservar la salud de las trabajadoras y de los trabajadores. Además, quienes han sido alcanzados por la Decisión Administrativa deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación – Covid-19.

La medida fue celebrada por los fabricantes de maquinaria agrícola, teniendo en cuenta que el sector agropecuario se encuentra en una etapa clave para su desarrollo y la reactivación de la producción de maquinaria será fundamental para continuar trabajando sin mayores contratiempos en medio de esta situación extrema que azota a la salud y la economía.

Rubros alcanzados

1. Venta de insumos y materiales de la construcción provistos por corralones.

2. Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización forestal y minera.

3. Curtiembres, aserraderos y fábricas de productos de madera, fábricas de colchones y fábricas de maquinaria vial y agrícola.

4. Actividades vinculadas con el comercio exterior: exportaciones de productos ya elaborados e importaciones esenciales para el funcionamiento de la economía.

5. Exploración, prospección, producción, transformación y comercialización de combustible nuclear.

6. Servicios esenciales de mantenimiento y fumigación.

7. Mutuales y cooperativas de crédito, mediante guardias mínimas de atención, al solo efecto de garantizar el funcionamiento del sistema de créditos y/o de pagos.

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